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El propósito de esta guía es establecer unos modelos de informe a aplicar por el auditor en relación a las cuentas anuales correspondientes al primer ejercicio en que resulten de aplicación las nuevas NTA sobre Emisión de Informes y NTA sobre Información Comparativa.
Se refiere a los modelos de informe de auditoría que el auditor de cuentas ha de emplear al verse modificados los modelos normalizados de informe como consecuencia de la modificación legislativa en materia de auditoría efectuada a través de la Resolución de 21 de diciembre de 2010, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la modificación de la sección 3 de las Normas Técnicas de Auditoría, publicadas por Resolución de 19 de enero de 1991, relativa a las Normas Técnicas sobre Informes y la Resolución de 21 de diciembre de 2010, del Instituto de Contabilidad u Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría sobre Información Comparativa: cifras comparativas y cuentas anuales comparativas.
Es preciso tener en consideración las siguientes circunstancias:
1. Primer dígito impar hace referencia a informe de auditoría de cuentas anuales con formato normal.
2. Primer dígito par hacer referencia a informe de auditoría de cuentas anuales con formato abreviado.
Además:
1. La sigla N corresponde a modelo de informe normalizado contemplado por las NTA sobre Emisión de Informes e Información Comparativa.
2. La sigla A corresponde a modelo de informe adaptado de un modelo normalizado (cuentas anuales abreviadas; anteriores a la aplicación del NPGC; primer año de aplicación del NPGC sin incluir cifras comparativas y primer año de aplicación del NPGC incluyendo cifras comparativas).
3. La sigla M corresponde a modelo de informe modificado de un modelo normalizado (situaciones no contempladas por los modelos normalizados incluidos en la NTA sobre Emisión de Informes y NTA sobre Información Comparativa).
Se establecen las siguientes situaciones:
1. Informe de auditoría de cuentas anuales con formato normal para cuentas anuales posteriores al primer año de aplicación del NPGC.
2. Informe de auditoría de cuentas anuales con formato abreviado para cuentas anuales posteriores al primer año de aplicación del NPGC.
3. Informe de auditoría de cuentas anuales con formato normal para cuentas anuales anteriores al primer año de aplicación del NPGC.
4. Informe de auditoría de cuentas anuales con formato abreviado para cuentas anuales anteriores al primer año de aplicación del NPGC.
5. Informe de auditoría de cuentas anuales con formato normal para cuentas anuales en el primer año de aplicación del NPGC, sin incluir cifras comparativas.
6. Informe de auditoría de cuentas anuales con formato abreviado para cuentas anuales en el primer año de aplicación del NPGC, sin incluir cifras comparativas.
7. Informe de auditoría de cuentas anuales con formato normal para cuentas anuales en el primer año de aplicación del NPGC, incluyendo cifras comparativas.
8. Informe de auditoría de cuentas anuales con formato abreviado para cuentas anuales en el primer año de aplicación del NPGC, incluyendo cifras comparativas.
Para cada una de las 8 situaciones planteadas (situaciones 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, y 8) se proponen 15 modelos de informe diferentes, lo que da un total de 120 modelos de informe diferentes, con el siguiente detalle:
1. Informe sobre cuentas anuales de un ejercicio con opinión favorable.
2. Informe sobre las cuentas anuales auditadas de un ejercicio con salvedad por incumplimiento de los principios y criterios contables que resulten de aplicación.
3. Informe sobre las cuentas anuales auditadas de un ejercicio con salvedad por limitación al alcance.
4. Informe con opinión desfavorable sobre las cuentas anuales auditadas de un ejercicio.
5. Informe con opinión denegada sobre las cuentas anuales auditadas de un ejercicio.
6. Informe con párrafo de énfasis sobre las cuentas anuales auditadas de un ejercicio.
7. Informe sobre cuentas anuales consolidadas de un ejercicio.
8. Cifras comparativas: informe que responde a las siguientes circunstancias:
a. El informe de auditoría sobre el periodo anterior, emitido previamente, contenía una opinión con salvedades.
b. La cuestión que motivó la opinión con salvedades no ha sido resuelta.
c. Los efectos de dicha cuestión sobre las cifras del periodo actual son significativos y requieren que se exprese una opinión con salvedades respecto a las cifras del periodo actual.
9. Cifras comparativas: informe que responde a las siguientes circunstancias:
a. El informe de auditoría sobre el periodo anterior, emitido previamente, contenía una opinión con salvedades.
b. La cuestión que motivó la opinión con salvedades no ha sido resuelta.
c. Los efectos, o posibles efectos en el caso de limitación al alcance, de dicha cuestión en las cifras del periodo actual no son significativos pero requieren que se exprese una opinión con salvedades debido a los efectos, o posibles efectos, de la cuestión no resuelta sobre la comparación entre las cifras del periodo actual y las del periodo anterior.
10. Cifras comparativas: informe que responde a las siguientes circunstancias:
Las cuentas anuales correspondientes al periodo anterior fueron auditadas por un auditor predecesor y el auditor decide incluir un párrafo indicando este hecho.
11. Cuentas anuales comparativas: informe que responde a las siguientes circunstancias.
a. Se requiere al auditor que informe sobre las cuentas anuales del periodo actual y sobre las cuentas anuales del periodo anterior.
b. El informe de auditoría sobre el periodo anterior, tal como se emitió previamente, contenía una opinión con salvedades.
c. La cuestión que dio lugar a la modificación no ha sido resuelta.
d. Los efectos, o posibles efectos, de dicha cuestión sobre las cifras del periodo actual son significativos tanto para las cuentas anuales del periodo actual como para las cuentas anuales del periodo anterior y requieren una opinión con salvedades.
12. Informe con salvedades por limitación al alcance y por incumplimiento de los principios y criterios contables que resultan de aplicación.
13. Informe con opinión denegada y párrafo adicional por incumplimiento de los principios y criterios contables que resultan de aplicación.
14. Informe con opinión denegada ante un caso extremo de interacción entre múltiples incertidumbres cuyo efecto conjunto pueda ser muy significativo sobre las cuentas anuales.
15. Opinión desfavorable y párrafo adicional de limitación al alcance.
Cuando se trate de un auditor de cuentas individual habrá que adaptar la redacción de los siguientes párrafos:
1. Alcance: sustituir “hemos” por “he”.
2. Opinión: sustituir “en nuestra opinión” por “en mi opinión”.
Las Guías REGA constituyen un desarrollo de las Normas Técnicas de Auditoría, y como tales se recomienda su aplicación a los miembros de nuestro Registro.
El REGA y el Consejo Superior de Titulados Mercantiles de España no asumen responsabilidad alguna derivada de la incorrecta aplicación de las mismas.
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